Río Negro:El STJ puso fin al viejo reclamo de hosterías y hoteles

Procuradora y jueces coincidieron al rechazar la demanda. Foto: Archivo.Rechazó la acción de inconstitucionalidad impulsada contra la ordenanza que actualizó la clasificación hotelera en 2005. La asociación empresarial deberá pagar 123 mil pesos de costas…

El Superior Tribunal de Justicia puso fin al largo litigio entablado por la Asociación de Hosterías y Hoteles de esta ciudad contra la ordenanza 1526-CM-2005 que aggiornó el sistema de clasificación y categorización para la habilitación de alojamientos turísticos imponiendo mayores exigencias a los establecimientos existentes para mantener su categoría comercial.

La agrupación pidió a la justicia que declare la inconstitucionalidad de la norma que obligaba a varios de sus asociados a realizar fuertes inversiones para mantener la habilitación y cantidad de estrellas reguladas por el decreto provincial 204, argumentando la afectación de derechos adquiridos.

La demanda siguió su curso más allá de los vaivenes en la vida institucional de la organización demandante que en su presentación advirtió los «graves perjuicios económicos» que enfrentarían muchas hoterías y pequeños hoteles para reestructurar los establecimientos y lograr una nueva habilitación.

En un reciente dictamen, la Procuradora General Silvia Baquero Lazcano desestimó el pedido de nulidad de la ordenanza y la declaración de inconstitucionalidad por considerar que no se acreditó el perjuicio concreto en la aplicación de la ordenanza cuestionada y que solo se hizo una mención «genérica» de los derechos y garantías afectados.

En un fallo publicado esta semana en la página del Poder Judicial, el STJ resolvió por mayoría rechazar el pedido de la organización empresarial, haciendo propio el dictamen de la Procuradora, y le impuso el pago de las costas del prolongado litigio que ascienden a unos 123 mil pesos en concepto de honorarios de los abogados que intervinieron en el proceso.

En ejercicio del voto rector, el juez Ricardo Apcarián destacó la «falta de claridad» de la demanda sumada a «la ausencia de un perjuicio sufrido del que derivare el interés en obtener la declaración de nulidad perseguida». Sus pares Adriana Zaratiegui y Enrique Mansilla adhirieron al pronunciamiento mientras que los magistrados Sergio Barotto y Ariel Gallinger se abstuvieron.

Fuente y fotos:www.rionegro.com.ar /DeBariloche

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